El Senado entrerriano sancionó la ley de bosques nativos
La Cámara de Senadores de Entre Ríos sancionó anoche la ley que se propone establecer un ordenamiento territorial del bosque nativo de la provincia de Entre Ríos.
La norma, ya aprobada en Diputados y sancionada ahora por los senadores, aporta un marco legal provincial planteado como un equilibrio entre sustentabilidad productiva y resguardo del medio ambiente.
La norma legal regula “todos los ecosistemas forestales naturales compuestos por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociados, en conjunto con el medio que los rodea, suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos, conformando una trama independiente con características propias y múltiples funciones que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brindan a la sociedad servicios ambientales, además de los recursos naturales con posibilidades de utilización económica”.
Son comprendidos en esta definición los bosques nativos “de origen primario, donde no interviene el hombre, como aquellos de origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposición o restauración naturales”.
El proyecto, que contaba con media sanción de la Cámara de Diputados desde mediados de diciembre, fue abordado ayer por la mañana por la comisión de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción de la Cámara Alta, con la participación del ministro de la Producción, Roberto Schunk y la responsable del área de Recursos Naturales, Ermela Aguer.
El senador Eduardo Melchiori, presidente de la comisión, explicó que se trata de un tema “ampliamente debatido, porque tiene un alto impacto sobre el ordenamiento territorial, la defensa del medio ambiente y cuenta también una arista económica importante”.
A la noche, durante la sesión, el senador rechazó algunos dichos que consideró “equivocados”, porque, recalcó, no se avasallaran derechos de productores y se va a proteger el medio ambiente. Reveló que hubo contactos con Nación, para evitar que pase aquí lo que aconteció con otras jurisdicciones que sancionaron leyes que después debieron o deben “ser reformuladas”.
Añadió que “promulgada la ley, habrá que trabajar mucho para hacerla efectiva y lograr el ordenamiento”. Destacó el trabajo de los organismos nacionales para poder llegar a esta redacción. “Queremos cumplir con lo dispuesto por la Nación y con los productores que tanta riqueza generan en la provincia, porque sin ley, no podían recibir beneficios”, acotó.
Melchiori dijo que “se tomó contacto con la Secretaría de Ambiente de la Nación y se contó con aporte de la asociación forestal argentina, que hizo importantes aportes” y después precisó que “el tratamiento sobre tablas tiene que ver con la necesidad de evitar que se pierda un año más de subsidios a productores de bosque implantado”. Dijo que los bosques nativos no superan el 15 por ciento de la superficie provincial y dio detalles del texto que ahora pasa al Ejecutivo para su promulgación.
En la reunión con los senadores, el ministro Schunk afirmó que “en Entre Ríos estamos huérfanos de un marco legal, por eso promovimos este proyecto que busca un equilibrio, pensando en lograr sustentabilidad en lo productivo y resguardo del medio ambiente natural”. Mencionó que debe estar armonizada la defensa del bosque nativo con el trabajo que se hace en Entre Ríos sobre bosques implantados, que alcanzan las 160.000 hectáreas.
Comentó que “a diferencia de lo que ha sucedido en otras provincias”, que la aprobación se ha dado “sin consensuar con la secretaria de medio ambiente del Gobierno nacional, apurados para recibir los subsidios”, el tratamiento en Entre Ríos se hizo “con fuerte participación de todos los sectores”.
Explicó que “el Gobierno Nacional plantea esto como un sistema en el cual está por un lado la ley de bosque nativo, de presupuestos mínimos y por otro lado la ley de bosque implantado, no son temas aislados sino que están dentro de un mismo sistema. Aprobando esta ley estamos en condiciones de recibir los subsidios tanto en monte implantado como también el monte nativo”, subrayó el titular de la cartera de producción.
“Son distintas leyes pero dentro de un análisis sistémico. Estamos hablando de una cadena de valor muy importante y esperamos que esto se apruebe porque este marco legal permite seguir profundizando en la tarea”, indicó.
El funcionario relató a los legisladores que mientras se producía el debate sobre el tema, el ministerio a su cargo emitió una serie de resoluciones, que incluyen la apertura de una línea del tipo 0800 para recibir denuncias, uso de imágenes satelitales para proteger áreas con bosque nativo y convenios con otras áreas del Estado para evitar daños al medio ambiente, entre otros aspectos.
Dijo que “una vez sancionada la ley, los aspectos de las resoluciones serán parte de los decretos reglamentarios y además habrá que desarrollar en todo el territorio una campaña de información para que todos los interesados puedan hacer uso de los instrumentos que propone la norma”.
Tres categorías:
La norma alcanza las Áreas Naturales Protegidas en el marco de la Ley N° 8967, en el carácter de Reservas de Uso Múltiple, y menciona como uno de los objetivos “establecer el Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (OTBN) de la Provincia de Entre Ríos”. La autoridad de aplicación será el Ministerio de la Producción y propone una serie de categorías para las áreas alcanzadas:
-La categoría I (Roja) corresponde a sectores de muy alto valor de conservación, que no deben transformarse. Son Áreas que por su valor de conectividad, presencia de valor biológico y/o protección de cuencas, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad. Pueden ser objeto de investigación científica y aquí no se podrá desmontar.
- La categoría II (Amarilla) comprende sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados, pero que a juicio de la autoridad local de aplicación jurisdiccional, con la aplicación de actividades de restauración, pueden tener un alto valor de conservación y podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección o recuperación y que podrán ser sometidos a usos de aprovechamiento sostenible.
- La categoría III (Verde) alcanza sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad dentro de los criterios que determine la reglamentación de la ley.
Fuente: portal digital Campo en Acción.
http://www.campoenaccion.com/